Autoridad Nacional del Servicio Civil

El Tribunal del Servicio Civil atenderá recursos de apelación provenientes de las entidades de los gobiernos regionales y locales únicamente en materia de Régimen Disciplinario

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Actualmente, el Tribunal del Servicio Civil – TSC- cuenta con dos (2) Salas que atienden los recursos de apelación presentados contra actos emitidos por entidades del Gobierno Nacional en materia de acceso al servicio civil, evaluación y progresión en la carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación de trabajo; y, desde que inició sus funciones (enero de 2010) hasta la fecha, el TSC ha resuelto 74,370 recursos de apelación.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR -, en uso de sus facultades de implementación progresiva y en tanto se habilitan salas adicionales para una mayor atención, informa a las entidades públicas, servidores civiles y a la opinión pública en general, que el TSC atenderá los recursos de apelación interpuestos a partir del 1 de julio de 2016 derivados de actos emitidos por las entidades del ámbito regional y local, únicamente respecto del Régimen Disciplinario.

Se les recuerda que según lo establecido en el artículo 19º del Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-PCM y modificatorias, el recurso de apelación deberá ser presentado ante la mesa de partes de la entidad que emitió el acto administrativo.

La entidad deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el artículo 18º del Reglamento antes citado y elevará el expediente al Tribunal con los antecedentes que sustentaron la emisión del acto impugnado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación del recurso de apelación.

Lima, 1 de julio de 2016
Imagen Institucional