Modalidades formativas de servicios en el sector público

Conoce más sobre las prácticas preprofesionales y las prácticas profesionales.

Video sin sonido

Las modalidades formativas de servicio buscan relacionar el aprendizaje teórico y práctico adquirido en los centros de estudios, con experiencias laborales, en base al desempeño de funciones programadas de capacitación y formación profesional dentro de las distintas entidades públicas.

Según el Capitulo I y II del DL N° 1401 y las modificaciones indicadas en la Ley N° 31396, las modalidades formativas de servicios en el sector público son las siguientes:

Prácticas preprofesionales: Tiene por objetivo desarrollar capacidades de los estudiantes de los diversos centros de estudios a partir del último o los dos últimos años de estudios, según corresponda. Permiten al estudiante aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeño en una situación real de desarrrolo de las actividades en el sector público, acorde con su programa de estudios.
Prácticas profesionales: Buscan consolidar los aprendizajes adquiridos por los egresados de los diversos centros de estudio. Permiten al egresado aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeño en una situación real de desarrollo de las actividades en el sector público, acorde con su programa de estudios.

Puedes conocer más sobre estas dos modalidades formativas en el siguiente GRÁFICO.

➡ Finalidad de las modalidades formativas:
1. Consolidar una formación integral del estudiante o egresado en el desarrollo de sus competencias.
2. Coadyuvar a su inserción laboral en el mercado de trabajo, en especial en el sector público, mejorando su futura empleabilidad.
3. Promover entre los estudiantes y egresados el conocimiento de las actividades y funciones que realizan las entidades públicas.

Base Normativa
📄
Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que regula las modalidades formativas de servicios en el Sector Público – DL N° 1401.
📄
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del DL N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que regula las modalidades formativas de servicios en el Sector Público DS N° 083-2019-PCM.
📄
Ley que reconoce las Prácticas Preprofesionales y Prácticas Profesionales como experiencia laboral y modifica el Decreto Legislativo N° 1401 –  Ley Nº 31396.

Proceso de concurso público para la selección de practicantes
Puedes conocer más al respecto AQUÍ.
Proceso de gestión de las prácticas
Puedes conocer más al respecto AQUÍ.

Registro de convenios y/o adendas

De acuerdo a lo establecido en el artículo 25° del decreto legislativo N° 1401, las entidades, a través de las oficinas de recursos humanos o la que haga sus veces, deben presentar a SERVIR los convenios y/o adendas de prácticas preprofesionales y profesionales que hayan suscrito. Para ello, SERVIR ha dispuesto dos mecanismos para la remisión de estos convenios y/o adendas, los cuales son:

FORMULARIO: Esta opción aplica cuando se vayan a registrar hasta 20 convenios y/o adendas (acumulados), accede al formulario respectivo dando clic al siguiente enlace:
- Formulario de Registro de Convenios y/o Adendas
-
Video instructivo del formulario de Registro

Se debe tener en cuenta que para acceder al formulario es necesario contar con una contraseña, la cual debe ser solicitada por un representante de la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, mediante un correo electrónico dirigido a registrodepracticas@servir.gob.pe, en el que se indique los nombres y apellidos del representante, quien debe ser la persona encargada del registro de los convenios y/o adendas de prácticas, su cargo, correo y el nombre de la entidad.

Matriz de registro de convenios o adendas de prácticas: Esta opción aplica cuando se vayan a registrar más de 20 convenios y/o adendas (acumulados), accede al archivo respectivo dando clic al siguiente enlace:
- Matriz de Registro de Prácticas
-
Video instructivo para el llenado de la matríz

Para realizar el registro de esta forma, se debe enviar un correo electrónico dirigido a registrodepracticas@servir.gob.pe, en el que se adjunte la matriz debidamente llenada y también los acuerdos respectivos (convenios y/o adendas con las firmas respectivas y en formatos PDF) en una carpeta compartida (Drive o similar) o una carpeta comprimida (.zip o .rar).

RESCISIÓN DE ACUERDOS: Esta opción aplica cuando un acuerdo (convenios o adendas) es cancelado por algunas de las partes involucradas luego de haber sido suscrito y registrado ante SERVIR, es decir que la fecha de finalización de un acuerdo se ve alterado y no se cumplirá de manera efectiva como indica el último acuerdo suscrito. En este caso la entidad debe informar a SERVIR sobre la rescisión del acuerdo, haciendo uso del siguiente formulario:
- Formulario de Rescisión de Convenios y/o Adendas
-
Video instructivo del formulario de rescisión 

NOTA:
Recuerde que los convenios y/o adendas de prácticas suscritos deben ser remitidos a SERVIR de manera inmediata a la suscripción de estos, de acuerdo a los establecido en el artículo 25 del Decreto Legislativo N° 1401. Asimismo, se debe informar a SERVIR de manera inmediata cuando se rescinda los convenios y/o adendas.

Importante

📄 Las prácticas PREPROFESIONALES solo se pueden realizar mientras se tenga la condición de estudiante y estas no pueden exceder los dos años, independientemente si se realiza en una o varias entidades.
📄 Las prácticas PROFESIONALES solo se pueden realizar dentro de los venticuatro meses siguientes a la obtención del egreso, pero el convenio (o adenda) caduca automáticamente si se obtiene el título profesional o técnico antes de dicha fecha.
📝 Si tienes alguna duda sobre el tema, visita nuestra sección de PREGUNTAS FRECUENTES.
Contacto
Número de consultas

Nuestros teléfonos:
Envíanos un correo
¿Dudas? Escríbenos

Noticias relacionadas

Sigue nuestras redes sociales

Enlaces relacionados