Servicio de intérprete de la lengua de señas peruana

En cumplimiento de la Ley N° 29535, que otorga reconocimiento oficial a la lengua de señas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-MMP, la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR brinda el servicio de atención y orientación a usuarios con discapacidad auditiva, a través de un intérprete de la lengua de señas peruana.

De este modo, los usuarios con discapacidad auditiva que requieran efectuar algún trámite o consulta ante SERVIR, pueden realizar la solicitud del servicio de intérprete de la lengua de señas.

El servicio podrá ser otorgado de acuerdo con la necesidad del ciudadano, para cuyo efecto se coordinará la programación de la cita respectiva con el intérprete de la lengua de señas, a fin de realizar la interpretación de manera simultánea entre el ciudadano con discapacidad auditiva y el intérprete.

Requisitos

  • Presentar la solicitud
  • Acreditar la condición de discapacidad (artículo 10 del Decreto Supremo N° 006-2017-MIMP), mediante cualquiera de los siguientes documentos:
    • Certificado de discapacidad.
    • Resolución de Inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.
    • Carné de Inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.
    • DNI.
    • Declaración Jurada.

Atención presencial


Pasaje Francisco de Zela Nº 150 – Jesús María, Lima – Perú
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Base legal

Video

https://youtu.be/LqsTaJE7Fb0

 
 
 
 
 
 
 

Contáctenos


Teléfonos:

  • (511) 206-3370 Anexo: 8330
  • 0-800-10024 (línea gratuita)