Autoridad Nacional del Servicio Civil

SERVIR aprueba normas para fortalecer procesos de selección de personal en el régimen del servicio civil

Se busca que la incorporación de los servidores a este régimen sea mediante procesos de selección basados en los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR aprobó la “Norma para la gestión de los procesos de selección en el Régimen de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil”, basada en los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades. Esta norma recoge la experiencia en procesos de selección y se actualiza con el objetivo de impulsar los concursos en las entidades públicas en el marco de su incorporación al régimen del servicio civil.

Cabe indicar que, el pasado 09 de mayo, el gobierno aprobó una estrategia optimizada para el tránsito de los servidores civiles al régimen del servicio civil que permite que este se implemente de manera más eficiente y garantizando los señalados principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades que lo rigen. En la primera fase la misma participarán 4 entidades.

Es importante señalar que para facilitar la implementación de los concursos públicos de méritos en el régimen del servicio civil, SERVIR ha puesto a disposición de las entidades un conjunto de bases estandarizadas que permitirán que los referidos concursos se adapten rápidamente a las necesidades y particularidades propias de cada entidad.

Los Procesos de Selección

Los nuevos lineamientos establecen las normas técnicas, métodos y procedimientos de cumplimiento obligatorio en materia de gestión de procesos de selección del régimen de la Ley del Servicio Civil, para promover que las entidades públicas cuenten con servidores civiles idóneos de acuerdo con los perfiles establecidos en el Manual de Perfiles de Puestos (MPP).

Cabe destacar que uno de los cambios busca garantizar los principios de mérito y transparencia en los concursos, dando la posibilidad de que los postulantes planteen consultas u observaciones. Así también, la Oficina de Recursos Humanos (ORH), puede revisar, de oficio o a pedido de parte, los resultados obtenidos en la fase de reclutamiento o de evaluaciones, dentro los dos (2) días hábiles posteriores a la publicación de resultados.

En el caso que el postulante no esté de acuerdo con los resultados finales del concurso público de méritos tendrá la oportunidad de impugnar los resultados ante el comité del concurso público y ante el Tribunal del Servicio Civil – TSC

Delegación de concursos públicos de Directivos Públicos

Otro aspecto relevante de la norma señala que las entidades pueden delegar a SERVIR la conducción de los concursos públicos de méritos de puestos de directivos públicos desde la elaboración y aprobación de las bases del concurso hasta la evaluación de competencias.

En la norma también destaca las veedurías en el concurso público de méritos de Directivos Públicos, que participan en todas las etapas de los concursos que correspondan, inclusive sobre la elaboración de pruebas de conocimientos.

Para ver las Normas para la gestión de los procesos de selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil ir al siguiente enlace.

Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional – SERVIR