Jueves, 03 de Octubre de 2013 18:32
La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR publicó el día 02 de octubre de 2013 en el Diario Oficial El Peruano los “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley N° 30057”, que tienen como objeto establecer la ruta que las entidades públicas deberán observar para pasar al nuevo régimen de Servicio Civil.
Para el pase al nuevo régimen del Servicio Civil, las entidades públicas deberán realizar cuatro etapas que les permitirán prepararse para la implementación de la Ley. Estas etapas implican una revisión de la situación actual de la entidad, así como una mejora de su organización y de sus recursos humanos con el objetivo de sentar las bases para optimizar el desempeño de las entidades y los servidores públicos.
Estas etapas son:
Además de los Lineamientos, SERVIR también puso a disposición la “Guía de Mapeo de Puestos”, uno de los instrumentos que detalla cómo la entidad debe llevar a cabo su mapeo de puestos. Este mapeo es la primera actividad del Análisis Situacional de la Entidad (Etapa 2) de los “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley 30057”.
Con la publicación de los “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley 30057”, SERVIR viene cumpliendo con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 30057.
Cabe señalar que las entidades públicas, de manera facultativa, podrán aplicar las dos primeras etapas de los Lineamientos aprobados. A partir de la vigencia de los Reglamentos de la Ley 30057, la aplicación de los Lineamientos es obligatoria.
De igual manera, fue publicada la Directiva para la formulación del Manual de Perfiles de Puestos (MPP), este instrumento permitirá a las entidades públicas desarrollar los perfiles de puestos, cuya información es importante y de utilidad para integrar los procesos técnicos de recursos humanos. El MPP entrará en vigencia a partir del 2 de enero del 2014.
Para mayor información, ver el siguiente enlace:
www.servir.gob.pe/leyserviciocivil/