Autoridad Nacional del Servicio Civil

SERVIR simplifica la Gestión del Rendimiento para mejorar la eficiencia en el sector público

  • El objetivo es que esta herramienta de gestión se adapte a las distintas realidades de las entidades del sector público..

Mediante D.S. 127-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, SERVIR modificó el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, con el fin de disminuir el procedimiento y el manejo de diversos documentos, formatos, entre otros, en las entidades que lo implementan, sin dejar de lado la finalidad que es la mejora continua del desempeño de los servidores civiles.

“Al reducir el número de etapas, las entidades se enfocarán en los procesos estratégicos, como es la transversalización de la retroalimentación para fomentar la mejora continua del desempeño”, explicó Rubi Rivas Cossio, gerente de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil.

Cabe precisar que, estas modificaciones se ejecutarán a partir de la aprobación de la directiva correspondiente. En ese sentido, las entidades que a la fecha hayan aprobado sus cronogramas institucionales, continuarán con su implementación, de acuerdo a lo definido en el ciclo de Gestión del Rendimiento 2019.

Metas

La norma establece que si bien el insumo para establecer las metas individuales no solo es el Plan Operativo Institucional (POI), pueden utilizarse otros documentos de gestión institucional que reflejen la priorización de las políticas nacionales o de Estado.

“Las metas individuales, deben formularse con un sentido de alineamiento a las metas grupales, que son las que corresponde al directivo a cargo del órgano o unidad orgánica”, precisa.

La norma flexibiliza la programación del seguimiento y su registro para que cada evaluador lo programe de acuerdo a las necesidades y al contexto de su órgano o unidad orgánica y/o a las prioridades que la gestión institucional determine. “Esta programación debería ser en cualquier momento dentro del plazo programado para la etapa de seguimiento, en el calendario de la entidad”, puntualiza Rivas.

A diferencia de la normativa anterior, se establece que las etapas son 3: planificación, seguimiento y evaluación y que la retroalimentación es un proceso transversal y permanente.

Los interesados pueden revisar las modificatorias al subsistema de la Gestión del Rendimiento en este enlace: http://bit.ly/2JHspaY

Lima, 15 de julio de 2019
Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional